Estatutos 1899

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ESCRITOS DE LA HERMANDAD Y ESCLAVITUD DE Mª SANTÍSIMA DE LA PAZ.
ENERO DE 1770

INTRODUCCIÓN

Con la idea de aclarar un poco estos maravillosos Documentos de Enero de 1770 (¡¡hace 241 años!!!), he creído conveniente destacar las personas incluidas en estos escritos, así como los propios escritos. Para lo cual he creado, siguiendo los textos, dos trabajos introductorios, a saber:

1º.- Una Galería de los personajes reales, que se destacan en los escritos, con nombres y cargos.- Y

2º.-Un RESUMEN, encabezando cada uno de los escritos.-

Esperando que os agraden dichos escritos, mis saludos:

Pedro Pérez Gil

LA HERMANDAD FUE CONSTITUIDA Y FUNDADA POR

FRAY JOSÉ DÍAZ DEL PEDREGAL, Predicador Gral. Apostólico y Guardián del Convento de San Francisco el

DÍA 1 DE ABRIL DE 1746

(¡¡¡ hace 265 años!!!)

N O M B R E S C A R G O S

Sr. D. Felipe Ladrón de Guevara Procurador Audiencia de Sevilla.

» » Jerónimo de Aguilar Provisor, Vicario Gral. de SE. .

M.R.P. fray. Francº Jiménez Guardián del Convento y Director

Espiritual de la H. de la Paz-TEB

Sr. D. Juan Moriel Navarrete Notario Público y Aptº de TEBA.

Sr. D. José Fernando de Lora. Provisor, Vicario Gral. de Sevilla.

» » Francisco Ponze de León Vicario de TEBA.

» » Juan Lázaro García Vecinos de Teba, testigos del

» » Juan Fernández Notario D. Juan Moriel Navarrete,

» » Zacarías Muñoz ante D. Francº Ponze de León.

MUJERES DE LA HERMANDAD DE LA PAZ DE TEBA

(6 de enero de 1770)

Dª María Linero Hinojosa Hna. Mayor Hdad. de la Paz.

» Josefa García Segura Hna. Coadjutora.

» Baltasara Hinojosa Diputada.

» Paula Hinojosa Diputada.

» Ana Linero Diputada.

» Catalina Hinojosa Diputada.

» María García Discreta.

» Nicolasa Lebrón Discreta.

» Juana Milla Discreta.

» Teresa Guerrero Celadora.

» Catalina de Lora Celadora.

» María del Rosario Rivas Sacristana.

» María de la Paz Sacristana.

» Francisca María Camarera.

» Ana Gómez Camarera.

Dª. Antonia Palacios Hermana Mayor, cuyo nombramiento

sería sobre el día 22 de enero de 1770.-

Transcripción de Escritos de la Hdad. de la Paz, correspondiente a doce folios.-

Nº de TÍTULO= PRIMERO.-

RESUMEN DEL ASUNTO TRATADO.

PODER

Se concede un PODER amplio y sin limitación alguna a D. Felipe Ladrón de Guevara, Procurador de Sevilla, para presentar Pedimentos de la Hdad., ante el Sr. D. Jerónimo de Aguilar, Provisor y Vicario Gral. y Arzobispado de Sevilla.

Este acto de la Hdad. lo preside el M. R. P. Fray Francisco Jiménez, Guardián del Convento y Director Espiritual de la Hermandad. Da fe de este Acto, D. Juan Moriel Navarrete, Notario Público y Apostólico. (Firmado y Rubricado).-

FOLIOS QUE COMPRENDE ESTE ASUNTO: 1, 2 Y 3.-

FOLIO Nº 1.-

La Hermandad y Esclavitud de María Santísima de la paz, sita en el Convento del Sr. San Francisco de Asís, de esta Villa de Teba; es, a saber, Dª María Linero Hinojosa, Hermana Mayor; Dª. Josefa García Segura, su Coadjutora; Dª Baltasara Hinojosa, Dª Paula Hinojosa, Dª Ana Linero y Dª

Catalina Hinojosa, diputadas; Dª María García, Dª Nicolasa Lebrón y Dª Juana Milla, discretas; Dª Francisca María y Dª Ana Gómez, camareras; Dª Teresa Guerrero y Dª Catalina de Lora, celadoras; Dª María del Rosario Rivas y Dª María de la Paz, sacristanas. Juntas, según lo acostumbrado en esta Hermandad y por Nos y en Nombre de las demás Hermanas de ella, por quiénes prestamos Voz y Canción, a manera de «¿coro?», del que estarán y pasarán como tales Hermanas por esta escritura, DECIMOS: Que esta Hdad. tiene que deducir distintas pretensiones ante S. Señoría, el Sr. Provisor y Vicario General de la Ciudad de Sevilla y su Arzobispado, a cuya Jurisdicción está sujeta, han de ceder en mayor Culto y Devoción de la Reina de los Ángeles, Titular de esta Hermandad y para ponerlo en

FOLIO Nº 2.-

ejecución, desde luego Otorgamos todo el «cumplido», tanto cuánto tenemos, como Hermana Mayor y oficialas, y el que por derecho se requiere y es necesario para «valer a Don Felipe Ladrón de Guevara», Procurador en la Audiencia Arzobispal en dicha Ciudad, para que en nombre de dicha Hdad., y presentando «nuestros propios Oficios», parezca a dicho Sr. Provisor, «y pida se nos concedan todos aquellos Medios y Operaciones que para aumentar el Culto a María Santísima de la Paz ,Nuestra Patrona», y de ésta su Santa Hermandad, convengan; «a cuyo efecto» hará el Pedimento o Pedimentos «que sean más conformes al Servicio de Dios y de María Santísima» y todas las demás Diligencias Judiciales y Extrajudiciales que sean concernientes «a el logro de Las Licencias y Permisiones que dependan de Su Señoría dicho Sr. Provisor que para ello, y sus incidencias y presentación de papeles, le damos este PODER AMPLIO, sin limitación alguna y «con facultad de «Jurar y Sustituir, Revocando Sustitutos y nombrar Otros» que a todos relevamos en forma, «y así lo decimos y Otorgamos en la Villa de TEBA, estando en Nuestra Capilla, donde se venera a la Santísima Virgen de la Paz, «a Seis días del mes de Enero de Mil Setecientos y setenta años, en presencia del

FOLIO Nº 3.-

presente Notario Público y Apostólico, de esta dicha Villa, presidiendo este acto el M.R.P. (Muy Reverendo Padre) Fray Francisco Jiménez, Guardián de este dicho Convento y Director de dicha Hermandad y «lo firmaron la que supo». (NOTA: están perfectamente legibles las siguientes firmas rubricadas

Dª Catalina HINOJOSA; Dª María LINERO; Dª Juana MILLA; Dª Josefa GARCÍA; Dª Baltasara HINOJOSA; Dª María GARCÍA, y Dª Paula HINOJOSA.)

Ante mí:

Juan Moriel Navarrete

Notario Público y Apostólico

Nº TÍTULO= SEGUNDO.-

RESUMEN DEL ASUNTO TRATADO

TESTIMONIO

Del que da FE, signado y firmado por D.JUAN MORIEL NAVARRETE, Notario de la Audiencia de Sevilla, sobre el PEDIMENTO que hace Dª María Linero Hinojosa, Hna. Mayor de la Hdad. de la PAZ, para la festividad del Día de dicha Hdad. (24 de enero).

FOLIOS QUE COMPRENDE ESTE ASUNTO: 4 y 5.-

FOLIO Nº 4.-

Doy Fe y verdadero TESTIMONIO que la Hermana Mayor de la Hermandad y Esclavitud de María Santísima de la Paz, sita en el Convento del Sr. San Francisco de Asís, de esta Villa de Teba, que lo es, Dª María linero exhibió ante mí, un Libro que intitula «Constituciones de dicha Hermandad», aprobadas por el Sr. Visitador de la Ciudad de Sevilla a que, en caso necesario me refiero, y se halla dicha Aprobación en el Archivo del expresado Convento; y entre diferentes Capítulos, se halla uno, que es el Séptimo de ellos, y es del tenor siguiente:

Capítulo Séptimo ¡ «Todos los años, en el Día que cayere La Festividad de María

De las Fiestas que ¡ Santísima de la Paz, que es el Día «Veinte y cuatro de enero»

Han de hacer esta ¡ se ha de Hacer una Fiesta Muy Solemne a la Señora, de MISA

Sta. Esclavitud a ¡ y SERMÖN, y ha de estar Patente y Manifiesto el Santísimo

Mª Stmª de la Paz ¡ Sacramento; y a la tarde, se han de cantar Vísperas con Stmº

Su Reina y Sra.- ¡ y después se realzará la Corona de Nuestra Señora, como se

hace en los demás Días de Fiesta . En la Semana Santa, en que suele salir en Procesión la Imagen de la SSmª Virgen, han de ir delante de la Señora todas las Hermanas con velas encendidas, pero «sin hablar las unas con las otras, sino con mucha devoción; o realzando la Corona, o meditando en los Dolores y Angustias de esta Soberana Reina.-

FOLIO Nº 5.-

Y para que conste donde convenga doy el presente en la Villa de Teba, a siete días del Mes de Enero de Mil Setecientos y Setenta años, a PEDIMENTO DE LA Hermana Mayor de la Hermandad y Esclavitud de Mª SSmª. de la Paz, de esta dicha Villa.

Y en fe de ello, lo signé y firmé, en testimonio de la

VERDAD.- Firmado: Juan Moriel Navarrete.

NOTARIO Público y Apostólico.-

Nº. DE TÍTULO: TERCERO

RESUMEN DEL ASUNTO TRATADO.

PEDIMENTO

Presentado por el Procurador D. Felipe Ladrón de Guevara de Sevilla, al SR. Provisor y Vicario Gral., D. Jerónimo de Aguilar, para que conceda a la Hermandad de la Paz de Teba que se procesione dicha Hermandad por las calles de TEBA.-

FOLIOS QUE COMPRENDE: El 6.-

FOLIO Nº 6.-

D. FELIPE Ladrón de Guevara, en nombre de la Cofradía de las Ciclaras, de Ntra. Sra. de la Paz, sita en la Iglesia del Convento del Sr. San Francisco de la Villa de Teba, DIGO: Que por mi parte se presentó Pedimento, a efecto de que se concediese por Vuestra Señoría «licencia para sacar en Procesión a dicha Señora por las calles de dicha Villa» en el Día que acostumbramos hacer la Fiesta Solemne», y habiéndose mandado que el Vicario informase sobre el contenido de dicho Pedimento, «se recela mi parte que tal vez no lo haga con la prontitud que se requiere, por lo próximo que está la dicha función y para que no lo dilate» :

SUPLICO a V.S. se sirva de mandar que dicho Vicario, luego incontinenti, que, por mi parte, se presente el «despacho sin demora» y haga el referido Informe, mediante a los pocos días que quedan para la celebración de dicha Procesión, «imponiendo V.S. la multa que tuviere por conveniente» para que se ejecute. Pido justicia y que se habilite el día de hoy, mediante al ser feriado (día festivo):

Firmado y rubricado:

Felipe Ladrón de Guevara.

Nº TÍTULO= CUARTO

Resumen del asunto tratado

COMUNICACIÓN

Hace saber D. JOSÉ FERNANDO DE LORA, PROVISOR Y VICARIO Gral., al Vicario de TEBA, comunicándole el Pedimento que le presentó D. FELIPE LADRÓN DE GUEVARA. Lo que quiere el Vicario Gral. es que el de Teba, le informe de dicho Pedimento y se lo comunique con urgencia y verdad.-

FOLIOS QUE COMPRENDE: 7 Y 8.-



FOLIO Nº 7.-

El Sr. D. JOSÉ FERNANDO DE LORA, Provisor y Vicario General de SEVILLA y su Arzobispado.

HAGO SABER: al Vicario de la Villa de Teba que, ante mí, en el día diecinueve, se presentó el PEDIMENTO, del «tenor siguiente»:

PEDIMENTO: FELIPE LADRÓN DE GUEVARA, en nombre de la Hermandad y Esclavitud de Mª Santísima de la PAZ, sita en el Convento del Sr. San Francisco de Asís, en la Villa de Teba, «como mejor haya lugar», comparezco ante V.S., y DIGO QUE: en «uno de los Capítulos de su Regla, tiene aprobado por este Tribunal, al que ahora presento TESTIMONIO», «se previene se haya de hacer una FIESTA Solemne a dicha SEÑORA, de Misa y Sermón, y ha de estar patente y manifiesto el Santísimo Sacramento y, en la Tarde, se han de cantar vísperas, con Santísimo y, después, se ha de «alzar» la Corona de Ntra. Sra.»

Pero dicha Hermandad practica ahora Diligencias, que es para mayor culto, para sacar en Procesión a dicha SRA. por dentro del compás de la Iglesia de dicho Convento, «lo que han observado hasta ahora«; y siendo mucho el fervor y devoción que tienen las Hermanas y Esclavas de la Virgen, «cada día va en aumento», quiere «mi parte», que el Domingo próximo, el Día de Ntra. Señora, salga en procesión por las calles, con el Clero, Cruz de Parroquia y Comunidad, de forma que no se ocasionará perjuicio, antes sí, dicha Hermandad irá en mayor aumento de Devoción; y, siendo necesario

que, para ello, proceda LICENCIA de V.S. = PIDO Y SUPLICO: que V.S. se sirva concederla «a mi parte», para que se haga dicha Procesión, «en la conformidad que llevo expuesta todos los años», sin que el Vicario de dicha Villa se oponga a que se ejecute, atento a ser en aumento de Devoción, «Señoría»== Felipe Ladrón de Guevara.-——————————-

En vista de cuyo Pedimento, mandé que el Vicario de dicha Villa, Informase sobre su contenido, y, si en lo que se pretende, pueda haber algún «inconveniente». A consecuencia de lo cuál y de lo pedido hoy, Día de Fiesta, por parte de la misma Hermandad, «mandé dar y doy el presente Pedimento a dicho Vicario», por cuyo tenor le mando, en virtud de Santa Obediencia, que luego de cómo con él sea requerido, INFORME, sin la menor demora sobre el Contenido de dicho Pedimento, (Hay firmas y rúbricas, ilegibles, por coincidir con el borde inferior del folio).

FOLIO Nº 8.-

lo que tenga por conveniente y si lo puede haber en la prevención deducida en dicho Pedimento: «lo que cumpla, con apercibimiento que, en su defecto, se procederá a lo que haya lugar, por Derecho:

QUEDA DICHO: Informe, en que le encargo «gravemente», la conciencia. Lo remita cerrado «al oficio del infrascripto Notario», a cualquier Notario, o Escribano que, con el presente, sea requerido.

Lo que hago saber «del defecto lo que cumpla, bajo la multa de cuatro Ducados, que le serán exigidos y se procederá a lo que haya por Dcho.

Dado en Sevilla, día Veinte de Enero de Mil Setecientos y Setenta años= «enmiendo»: diecinueve = en renglones corrientes.- VALE.- y siguen las firmas y rúbricas de D. Fernando de Lora y D. Jerónimo de Aguilar.—

Nº TÍTULO = QUINTO

RESUMEN DEL ASUNTO TRATADO

REQUERIMIENTO

El NOTARIO D. Juan Moriel Navarrete, con tres Testigos, vecinos de Teba, hace saber al Vicario de dicha Villa, D. Francisco Ponze de León, el PEDIMENTO Y DESPACHO de su PROVISOR y Vicario Gral. de SEVILLA, D. José Fernando de Lora.—-

FOLIOS QUE COMPRENDE = 8 (2ª parte)

Folio Nº 8. (2ª parte)

REQUERIMIENTO: En la Villa de Teba, a Veinte y dos días, del Mes de Enero de Mil Setecientos y Setenta, «siendo como a las doce del día.»

El Notario, acompañado de Juan Lázaro García, Juan Fernández y Zacarías Muñoz, vecinos de esta Villa, y el Sr Vicario D. Francisco Ponze de León, y estando ellos les leí e hice saber el Pedimento y despacho que antecede de Su Señoría, el Sr. Provisor y Vicario General de este Arzobispado, y «entendido» («inteligenciado») en su Contenido:

DIJO:»Lo obedezco, con todo Respeto» y, en su cumplimiento, estaba pronto a conocer este Despacho y Notificación, a dar el Informe que, por el Provisor se le mandaba, el que «Cerrado y sellado», dirigiría al que se lo manda, y esto respondió y firmó.- Del que doy Fe==

Siguen las firmas y rúbricas de D. Francisco Ponze de León (Vicario de Teba) y del Sr. D. Juan Moriel Navarrete (Notario público de Teba).=============

Mandan=Un Informe al Señor Provisor y Vicario General. Mismo

Nº TÍTULO = SEXTO

Resumen del asunto tratado

INFORME

Al Sr. Vicario General de Sevilla, D. José Fernando de Lora, del Vicario de Teba, D. Francisco Ponze de León, en cumplimiento de su Orden, le MANDA EL INFORME REQUERIDO, sobre el PEDIMIENTO de la Hermandad de la PAZ, de esta Villa.—-

Folios que comprende = 9, 10, 11 y 12.-

FOLIO Nº 9.-

Al Vicario de Sevilla, del de Teba, cumpliendo con su «mandato» de V.S. sobre que INFORME, lo que en conciencia sienta sobre la Pretensión de la Hermandad y Esclavitud de mujeres, con el Título de Ntra. Sra. de la PAZ, sita en el Convento del Sr. San Francisco de esta Villa:

DIRÉ que bien consta al Tribunal de V.S. y de sus antecesores, los varios recursos que, por el que informa se han hecho, con motivo de haberse excedido la Hermandad y Reverenda Comunidad de dicho Convento, «en la práctica y observancia de los Capítulos y Reglas que, en su creación, propiciaría, sin contravenir a ellas, en manera alguna, en virtud de la cual, «obtuvo la aprobación de esa Superioridad».

«El primer exceso y desarreglo que cometió la Hermandad de las mujeres de la PAZ, fue siendo Dª Antonia Palacios su Hermana Mayor, pues no contentándose con sacar la Procesión de la Sra. por los términos y «clausura» de dicho Convento, sin licencia de la Superioridad Eclesiástica, ni con Asistencia de la Cruz de la Parroquia, sólo con la de la Reverenda Comunidad, sacó la Procesión de la Señora por las calles más principales de esta Villa, de lo que, teniendo noticia el que Informa, «viendo que estaba ya la Procesión en la calle» y, asistido de su Notario, practicó los Requerimientos que correspondían, en defensa de la Jurisdicción, no sólo con la Hermana Mayor y su Hermandad, sino que estaba también el Reverendo que guarda que, con su Comunidad y Cruz de su Convento,

las acompañaba; y no habiéndose contenido, antes sí, excediéndose, continuando, con desprecio, los «Fueros de la Tradición» que, como

FOLIO Nº 10.-

Vicario defendía, en desagravio de ella, con Testimonio, dio gracias al Sr. Provisor, D. GERMÁN DE CÉSPEDES, quién la pasó a la del Sr. COADMINOR, D. GABRIEL TORRES DE NAVARRA. RESULTANDO de un hecho desarreglado, que el Reverendo del Provincial ORDENARA comparecer en esa Ciudad (Sevilla), al Padre Guardián que acompañaba a las Hermanas, pidiera Perdón y ofreciera que no cometería semejante «DESARREGLO» en lo sucesivo. El que el VICARIO, en este hecho, «procedió justamente, lo comprueban las Cartas que hoy tiene en su poder, de dichos Sres: Coadminor y Provisor.

Los efectos que están produciendo, de una continua discordia y turbación de la paz, tan importante en los Pueblos, constan, igualmente en esa Superioridad, pues no contentándose la Comunidad Religiosa y las Hermanas de la Paz, con sacar en Procesión por donde le es permitido, ahora, tres o cuatro años después, salió de dicho Convento, una Procesión del Santísimo, llevando a su Imagen, en «Andas y Custodia»; salió la Procesión de la Cruz, del Convento y la estación fue saliendo a la calle inmediata al Convento, con Altares de descanso y Colgaduras en las puertas de las casas por donde había de pasar. Esta novedad me obligó a prevenir al Rvdo. Padre Guardián, por medio de dos escritos, para que se contuviera, que no era tolerable esa Procesión que la iba a sacar de «Corpus». Ni atención; de lo que sirvió fue «de empeñarse más en sacarla,»convidando de Sevilla a muchos Escolásticos y sujetos distinguidos, que acompañaron. Justifiqué el hecho y di cuenta al Sr. Provisor, «quién les condenó a la Satisfacción de los Parroquiales, librando dichos Despachos para que se Justificara a la Comunidad, que no

FOLIO Nº 11.-

cometieran semejantes excesos, en adelante, «ni sacara Procesión alguna fuera del recinto de su Clausura, sin licencia del Tribunal».

La Procesión de las Mujeres de la Paz, como la componen «las ricas y acomodadas», y, por serlo, muchos las contemplan y adulan y, puede decirse que desde que establecieron el sacarla, para mí esta Paz ha sido «amaritu de mea amarísima», ahora. Hace dos años, fue su Hermana Mayor, la mujer de un sobrino mío, que se hallaba de Alcalde; vino éste acompañando al Reverendo Padre Guardián, engañándose ambos; querían que les diera Licencia para sacar por todas las calles la Procesión.

Les respondí que ya les constaba el Despacho, notificado a la Comunidad, del Sr. Provisor, que lo más que podía hacer era escribir a Usía para que concediera su Licencia, asistiendo la Cruz y el Clero. No admitieron este medio, dándose por tan ofendidos que, hoy, Señor, además de la pública enemistad, este sobrino, valiéndose de otra hermana suya, que la tuve nueve años en mi casa, «me han movido un Pleito, que no me es tan insensible, por lo que me hacen gastar; cuánto manoteo y ofensas a Dios supone el Pedimento de las hermanas, que la mucha devoción a la Sra. de la Paz, las mueven para la Procesión que pretenden: «y yo, Señor, a la Señora, cuando la veneraba este Pueblo, con sólo el Título de Paz, la miraba con ternura y devoción; pero ahora otros y yo, la miramos con ternura de devoción y compasión, y es el caso: en esta Parroquia hay una Señora de Dolores, a quién todos tienen particular devoción; viendo las Hermanas Poderosas de la Paz, que su Imagen, con este Título, tenía menos afectos que la de los Dolores «a quién cuidan los Pobres más

FOLIO Nº 12.-

Infelices» de los congregados en la Parroquia. Lo que hicieron a la misma Sra. de la Paz: darle afectos, «en cara y mano», como a la Imagen de los Dolores, imitándola, y por eso, la han dejado tan desfigurada de lo que antes fue, que en verdad, ni es Paz, ni es de Dolores, con la indiscreción que están cometiendo; que para las Procesiones de la Semana Santa, «en donde antes salía con el Título de la Paz», ahora sale «con un cuchillo en

el corazón», diciendo que es «Sra. de la Paz y del Mayor Dolor». Y la Fiesta inmediata que hacen el domingo y están la Sra. del Cuchillo y del Manto Negro; y le espera uno, Celeste, con muchas flores y anillos, «para indicar que es Sra. de la Paz y del Mayor Dolor. Que es cuánto por ahora, en conciencia, PUEDO INFORMAR al respecto de Teba, y en el día de la Notificación de Veinte y Dos de Enero de Mil Setecientos y Setenta años.

Firmado y rubricado: D. Francisco Ponze de León.-

SEVILLA, y entregado el 24 del 1 de 1770.

Pase a los AUTOS de donde dimana el que HOY motiva el anterior INFORME y tráiganse.

ANTE MÍ, lo reconoció, firmado y rubricado: el Sr. PROVISOR y VICARIO Gral. de esta ciudad de SEVILLA, y, SIN MÁS, en el anterior Día Veinte y Cuatro de enero de Mil Setecientos y Setenta años.

(Lo firma) Jerónimo de Aguilar

Sevilla y Enero 27 de 1770.- REMITASE a la Regla de la Hermandad y TRASLADO al Vicario.- (Firma ilegible).—————————————————===========================================================